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España aplica un 21% a las publicaciones digitales y un 4% a las impresas

La UE permitirá aplicar el IVA reducido a los medios digitales
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La UE permitirá aplicar el IVA reducido a los medios digitales

Por Miguel Ángel Ossorio Vega
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maossoriovegagmailcom/13/13/19
http://www.maossoriovega.com
El régimen actual permite gravar con un IVA reducido o nulo a los medios físicos, pero lo prohíbe en las publicaciones digitales, que se quejan del agravio comparativo que supone.

Buenas noticias para los medios digitales: la Comisión Europea ha presentado una propuesta para modificar el IVA en sectores de la Economía Digital, tales como comercio electrónico, servicios o medios de comunicación. Destaca la posibilidad, hasta ahora prohibida expresamente, de aplicar el IVA reducido a medios digitales y libros electrónicos, algo reservado hasta ahora para soportes físicos.

La nueva norma, eso sí, será opcional para cada Estado miembro. En España se aplica el IVA reducido (4%) a las publicaciones en papel y el tipo general (21%) a los productos digitales. Esto supone una desventaja a la hora de competir, algo que Bruselas cifra entre 10 y 20 puntos porcentuales según el país. Con esta nueva norma, la Comisión prevé que la cuota de mercado de los libros y medios digitales pase del 5% actual al 20%, lo que contribuirá a digitalizar el continente. Bruselas estima que las reglas actuales hacen perder a los Estados miembros hasta 5.000 millones de euros anuales en ingresos.

La Comisión ha reconocido que la normativa actual data de antes de la ‘era Internet’, por lo que ha defendido la necesidad de adecuar las reglas a la nueva realidad digital. Entre las propuestas, además, está el facilitar a las empresas el pago del IVA en cada país, dado que el comercio electrónico es transfronterizo. Así, se creará una plataforma digital para que las empresas puedan anotar sus ingresos en la UE, sin necesidad de hacerlo por países como hasta ahora. También permitirá que las empresas con ventas online transfronterizas de hasta 10.000 euros puedan seguir aplicando los tipos de IVA vigentes en su país de origen. Cuando las ventas sean inferiores a 100.000 euros, las empresas podrán acceder a un sistema que facilite conocer la procedencia de cada cliente para poder pagar después los impuestos en cada lugar correspondiente.
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