El TS pone fin al sistema de canon digital que implantó el Partido Popular en nuestro país. Era un desenlace esperado tras el varapalo que supuso que el Tribunal de Justicia de la UE entendiera la excepción de la copia privada en la protección de los derechos de autor. Los consumidores españoles están de enhorabuena.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo acaba de declarar “nulo” e “inaplicable” el real decreto 1657/2012, informa ‘El Español’. La normativa regulaba una compensación a los autores por las copias que realizan los particulares de sus obras, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado en una partida específica cada año.
Ya en junio, la Justicia europea se opuso a esta medida, considerando que “no garantiza que el coste de la compensación equitativa solo sea sufragado, en último término, por los usuarios de copias privadas”. Aunque una Directiva de 2001 permite a los Estados miembros establecer la protección de los derechos de autor en su territorio nacional, incluye la excepción por copia privada para uso particular y sin fines comerciales.
El Supremo advierte de que la sentencia del TJUE muestra la “incompatibilidad” entre el decreto español y la norma europea, por lo que anula la normativa en su conjunto y considera “inaplicables” los preceptos del real decreto de 2012. Ahora será el nuevo Gobierno el que deberá idear otro sistema de compensación a los autores.